NOTAS PERIODISTICAS

"Tres veces zafé de morir"

María del Carmen Alarcón (51)

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La destituida diputada estuvo a punto de mo rir tres 20 de junio. Su día con Alain Delon y un tango con el rey Juan Carlos.
María del Carmen Alarcón es un hueso duro de roer. El bloque de diputados oficialista le pidió la renuncia y ella lo enfrentó contestando que sólo se iría si la destituían. Y la destituyeron. Pero no consiguieron doblarle la muñeca. Dice que va a seguir concurriendo a la Comisión de Agricultura y Ganadería, aunque ya no la presida, a escuchar las sesiones. Y va por más: quiere batirse a duelo en las urnas con Cristina de Kirchner.
Noticias: Te echaron del Frente para la Victoria y formaste el bloque unipersonal Pampa Sur, ¿creés que podrás hacer algo?
María del Carmen Alarcón: Una banca es un pedacito de poder en la Argentina. Pero no se puede hacer mucho, a veces vienen órdenes del Ejecutivo y no por estar en un bloque de 200 legisladores se puede hacer más. Depende de la vocación y de la voluntad de trabajo. Desde mi banca voy a seguir planteando temas de fondo, que hay que resolver en el sector. También voy a ir a la Comisión de Agricultura a escuchar las reuniones.
Noticias: Te acusaron de lobbista, ¿alguna vez te ofrecieron dinero a cambio de un favor?
Alarcón: ¡Nunca! Uno impone el estilo. Cuando esas cosas suceden, siempre hay una parte y otra. En mi caso... uno impone la conducta, algo que vengo haciendo desde hace muchos años. Siempre digo que me pueden acusar de mal desempeño, porque el que trabaja siempre se equivoca, pero tengo mi declaración jurada en Diputados y cualquiera la puede ver. Ahí se puede ver alguna deuda que pagar, algún crédito. Tengo mi casa en un barrio del FONAVI, que compré hace muchísimos años, donde siempre viví con mis viejos. No tengo auto y todo es muy fácil de verificar.
Noticias: ¿Nunca te preguntaste por qué le permitieron asumir a Borocotó, después de su transfugueada, y a vos te echaron?
Alarcón: Hay que tratar de corregir esas conductas rápidamente. Me preocupa mucho esa confrontación, las "pasadas" de un bloque a otro, de un extremo a otro. Hace 37 años que milito y nunca pensé que podía sucederme esto. No es bueno para un país y mucho menos para los que vienen, gente de 30 ó 40 años con posibilidades ciertas de gobernar el país. Para el que quiere participar, este es un ejemplo para nada bueno.
Noticias: ¿Te llamó Kirchner después de lo que pasó?
Alarcón: No vi más al Presidente. Seguramente alguna vez lo veré. Yo hablé muchas veces con él y no necesité audiencia, simplemente me acerqué. Un diputado debe tener acceso fácil y nunca fui a quejarme, siempre a llevar propuestas de trabajo. Pero jamás tuve problemas personales con el Presidente.
Noticias: ¿Creés que tu condición femenina facilitó la tarea? Alarcón: Acá hubo una subestimación política y profesional. Tal vez algunos compañeros dirigentes subestimaron el valor que una tenía en el trabajo. También puede incidir el tema de ser mujer. Pero las mujeres de este país tenemos que demostrar que somos capaces de llegar a lugares importantes, aunque no tengamos apellido o no seamos la mujer de alguien. No me siento discriminada. Si mi cabeza tuvo que rodar para que a la semana siguiente se dieran cuenta de que había que acordar con el sector ganadero, me siento bien. Noticias: ¿Te sentís un chivo expiatorio?
Alarcón: Hay un doble discurso: a mí me echan por defender al sector, porque no era la política del Gobierno, y todos sabemos que el Estado sin ese sector no podría tener los recursos para pagar salud, educación, seguridad pública, planes sociales ni deuda externa. Los funcionarios saben que hay que hablar del tema y resolverlo. No encuentro una razón lógica de mi alejamiento. Fueron muchas excusas que sirvieron para sacar a una persona que trabaja.
Noticias: Decís que Cristina Kirchner mira por encima del hombro tanto a hombres como a mujeres. ¿Se embriagó de poder, es soberbia o déspota?
Alarcón: Siempre tuvo un carácter... Mirá, a mí me gustaría competir con Cristina en una elección para cualquier cargo. El país necesita demostrar que hay otro tipo de mujeres que pueden llegar al poder máximo y que nos hemos formado en la vida sin apellido de casada.
Noticias: ¿La esposa de Kirchner no tiene méritos propios?
Alarcón: Me refiero a tener una estructura de poder... Cristina tuvo la suerte de tener un marido intendente, gobernador varias veces, y presidente de la Nación. Y ella la de ocupar siempre un cargo legislativo. Es una estructura sólida para llegar y tener acceso a lo que otras mujeres no tenemos: un poder económico suficiente para formarse, tener una buena oratoria... A mí no me interesa competir con Cristina en el modelo del trajecito ni en el peinado. Quiero competir con ella para cualquier cargo, para el de presidente de la Nación también, ¿por qué no?
Noticias: ¿Cómo es Cristina en la banca, lejos de las cámaras de televisión?
Alarcón: Arrogante, con carácter fuerte. Se hace escuchar; de hecho a ella la echaron de su bloque... a mí me pasó lo mismo que a Cristina: la echaron por no alinearse al pensamiento de un gobierno, el de Menem. Estamos las dos en las mismas condiciones. Nos echaron por pensar diferente al gobierno del momento.
Noticias: Elisa Carrió dijo que este gobierno es más corrupto que el de Menem...
Alarcón: Eso hay que probarlo. Yo declaré en la Justicia sobre un supuesto acto de corrupción en el reparto de la cuota Hilton. Creo que ahí sí hubo malversación en el reparto, pero lo determinará la Justicia. Otros actos de corrupción no me constan. María del Carmen empezó a militar en la secundaria, con la lucha por conseguir un boleto escolar en los convulsionados ‘70. Una vez terminados sus estudios se inscribió en Ingeniería Química. "Siempre me gustó esa rama de las Ciencias Exactas; además, era muy buena alumna. Llegué casi a la mitad de la carrera y siempre lamenté no haberla terminado", admite nostálgica. Dejó la facultad cuando nuevos acontecimientos llegaron a su vida: fue madre soltera a los 19 años. "Tenía que mantener a Milagros y tuve que empezar a trabajar -explica esta mujer de rasgos muy marcados y piel bronceada estilo cama solar-. Mis padres y mis nueve hermanos eran muy humildes". Su primer trabajo la acercó más a la militancia política. Fue secretaria en el Concejo Deliberante de Santa Fe, cargo que, según la diputada, cualquiera pelearía por tener Noticias: ¿Cuánto cobrás como diputada? Alarcón: Cobro 6.000 pesos. Pero no tengo viáticos ni gastos de representación. Todo corre por cuenta de cada legislador; inclusive el café que se gasta en el despacho. Comparándolo con el sueldo de cualquier ciudadano... todo el mundo debería ganar más, porque hay gente que no hace una comida por día. Noticias: ¿Te alcanza para vivir bien? Alarcón: Me alcanza justo, porque mantengo mi casa y la de mis padres, en Santa Fe. No tengo auto de la Cámara, viajo por todos lados y pago todos los gastos. Tengo una hija, mi papá, siempre ayudo a algún hermano. Mantengo dos casas. Pero no me quejo, hay gente que no llega a fin de mes, aunque tampoco me alcanza para ahorrar o tener más cosas que las que una mujer común puede tener. Noticias: Siempre se te ve muy bien vestida... Alarcón: (se ataja) Estar bien vestida no es una cuestión de plata, sino de buen gusto... Noticias: La pregunta no iba por ahí. ¿Estás pendiente de la imagen? Alarcón: Me gusta vestir bien desde chiquita. Tengo una formación... éramos muy humildes, pero mi mamá era muy coqueta. Nací en Villa Ana, un pueblo forestal, y en mis primeros años tuve una formación que me marcó a fuego: con un abuelo cuyo padre era aborigen, criado por los ingleses... Mi educación fue muy estricta, formada en la lectura, en el conocimiento, pero también en las formas. Mi mamá nunca me dejó usar pantalones, los usé recién a los 18. Me gusta arreglarme el pelo, la ropa, la cara, las uñas; no me importa perder dos horas de sueño para estar bien. Noticias: ¿Es cierto que gente del gobierno te llamó la atención por no vestirte "al estilo" K? Alarcón: Sí. Fue una persona, no voy a dar el nombre, me dijo que esa ropa no era del estilo del gobierno, que era mejor que empezara a usar otras cosas. No sé cuál es el estilo, pero no iba a cambiar el mío. Como con Cristina nos conocemos desde hace mucho tiempo, ella sabe que no es para competir con su estilo. Algunos obsecuentes creerán que sólo Cristina puede vestirse bien. Noticias: ¿Fue alguno de los Fernández? Alarcón: No lo voy a decir, pero cuando lea la nota va a saber que es él. Noticias: Cenaste con Tony Blair y Lady Di, ¿qué impresión te llevaste de ellos? Alarcón: Tuve la suerte de poder recorrer el mundo y de haber cenado con Felipe González y con (José María) Aznar. Comí varias veces con el rey Juan Carlos y la reina Sofía de España; la infanta Cristina estuvo tres días en Rosario. Pero lo de Tony Blair y Lady Di fue algo oficial, no estuve a solas con ellos. Con otros compartí cosas más personales. Noticias: Muero de curiosidad...
Alarcón: Con Alain Delon estuve un día entero. Fue interesante. ¡Imaginate! Para una mujer Alain Delon es todo una cosa... tenerlo enfrente, todo el día... fue mi regalo de cumpleaños. Cuando vino a la Argentina fue a Santa Fe a ver a Carlos Monzón, yo lo llevé y lo traje de vuelta a Buenos Aires. Fue muy lindo.
Noticias: También le enseñaste a bailar el tango al rey Juan Carlos…
Alarcón: Fue en una fiesta familiar, en un campo de un empresario amigo. El rey es una persona muy agradable, es uno de los grandes demócratas, aunque sea monárquico. El rey quería bailar tango y, como mi papá me enseñó de chiquita, lo saqué a bailar. No le enseñé, él dio unos pasos. El rey siempre ha tenido grandeza, cuando estuve en España salió del protocolo para venir a hablar conmigo. Es muy caballero.
Noticias: ¿En los tiempos de tormenta no sentiste la necesidad de apoyarte en un hombre?
Alarcón: No, es un defecto. Soy bastante autosuficiente, porque una afrontó sola un montón de cosas y eso te lleva a serlo. Es difícil para una mujer así tener una relación de pareja. En la relación está esa cosa de que uno es más que otro, la competencia. A los 19 tuve a mi hija sola y siempre me las arreglé sola; nunca viví en pareja y nunca me valí de un hombre en lo económico. Nunca le pedí a nadie para comprarle a mi hija un par de zapatillas. Calculá que cuando tenía 18 años ¡ganaba el doble que mi papá! Eso no quiere decir que tenga una coraza y esté cerrada a una relación de pareja, pero no se da…
Noticias: ¿Cómo fue ser madre soltera en una época en que esa situación era vergonzosa?, ¿te abandonó el padre de tu hija?
Alarcón: Es un tema que nunca toqué. Tomé la decisión de tener a mi hija. Y me la respetaron: mis viejos me ayudaron mucho; mi mamá era ferviente militante de la Iglesia católica y mi padre también, la vida no estaba en discusión. Mis viejos fueron claros: "Sos la madre", dijeron, y yo llevaba a la nena a todos lados. Me levantaba a las cinco de la mañana para lavar los pañales; cuando la nena tuvo 4 años recién fui a tomar un café con una amiga. Hasta me quisieron echar del trabajo por ser madre soltera.
Noticias: ¿Es cierto que zafaste tres veces de la muerte?
Alarcón: Sí, las tres veces un 20 de junio. En el ’73, cuando volvió Perón, estaba en Ezeiza a 20 metros del palco en pleno tiroteo. Quedé tirada varias horas, la sangre de los que morían me pasaba por debajo del cuerpo; no me levantaban porque pensaban que estaba muerta. La otra vez fue en el 2002, con un aneurisma cerebral y una operación muy delicada, y en el 2004, con un cáncer de ovario.
Noticias: Estamos cerca del 20 de junio, ¿qué te pasa cuando se acerca esa fecha?
Alarcón: No le tengo miedo, porque mentalmente me antepuse a eso. Descubrí lo que me pasaba a tiempo. Tengo una percepción especial, signos en el cuerpo que me avisan antes de que las cosas pasen. Cuando estoy nerviosa o inquieta me corren como hormigas por el cuerpo, sé que algo malo me está por pasar. Por: Mónica Soraci Foto: Marcelo Dubini. Agradecemos al Jardin Zoológico de Buenos Aires
lapoliticaonline
http://www.lapoliticaonline.com/detalle-de-noticia/article/la-cuota-hilton-un-caso-paradigmatico/#


La Cuota Hilton: Un caso paradigmático

Otorga un salto cualitativo por la renta extraordinaria que genera, pero se ve perjudicada por discrecionalidad con que se manejan las asignaciones. El rol clave de la Justicia en el reparto.

La exportación de carnes de calidad dentro de la cuota Hilton genera una importante renta para los participantes.

Si bien no es el mayor volumen –ni mucho menos, de la carne argentina al exterior- es aquella que otorga un salto cualitativo por la renta extraordinaria que genera, que debería haber generado hace muchos años una política de estado por lo menos en éste nicho específico para aumentarla, perfeccionarla y transparentarla como un beneficio adicional que nuestras tierras, nuestra genética y nuestra calidad en carnes han tenido.

Pero el sistema de reparto de la cuota ha sufrido numerosas modificaciones tanto en los criterios de asignación, siendo la autoridad de aplicación la SAGPYA, quien, actuando con discrecionalidad, en muchos casos, produjeron inconvenientes para la definición de un sistema de asignación estable y claro.-

A pesar de que el otorgamiento y la distribución, debe realizarse cumpliendo estrictamente los requisitos establecidos:

- Contar con una planta habilitada para exportar a la UE.
- Estar matriculado en la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario -ONCCA_, conforme a la ley Nº 21.740
- Haber cumplido con todas las obligaciones impositivas, de la Seguridad Social y Sanitarias.
- Acreditar que la planta tuvo actividad productiva durante los 10/12 meses anteriores de cada ciclo comercial.
- Acreditar haber exportado en el ciclo anterior por fuera de la cuota un mínimo de 200 TN. Para el primer año y 400 TN. Para los ciclos subsiguientes.

Grupos de Interés

A lo largo de la historia de la cuota, diferentes grupos trataron de afianzar sus intereses en el reparto de la misma.

En los años en que María del Carmen Alarcón ocupó la Comisión de Agricultura de la Cámara de Diputados se sumó masivamente a la escena la presencia de la justicia a través de lo que se ha denominado la judicialización del cupo Hilton.

Algunas empresas que intentaban mantener, prorrogar u obtener derechos sobre la cuota recurrieron a los tribunales solicitando recursos de amparo. Esta situación se agudizó particularmente en el año 2003, cuando el 53% de la cuota se encontraba bajo algún tipo de conflicto legal y fue finalmente asignado a través de decisiones judiciales.

Por ello es importante considerar en el análisis la inestabilidad del sistema de distribución, las intromisiones judiciales y la discrecionalidad para ilustrar los inconvenientes de una inadecuada e incompleta especificación de derechos de propiedad.

Están son las características fundamentales, lamentablemente, de la Cuota Hilton en la Argentina: inestabilidad, discrecionalidad y judicialización.

La inestabilidad y la discrecionalidad propias de todo el sistema de normas y de poder argentinos no necesita explicación, pero si quizás para aquellos que no lo comprenden: la judicialización.

Desde principios de la década del ´90, la justicia fue cobrando protagonismo en el reparto del cupo, generando más fricciones en el sistema. Las medidas cautelares que se logran en los tribunales tenían el fin de mantener, adjudicar o prorrogar porcentajes de cuota a diferentes plantas frigoríficas. El problema se manifestó en la medida que estos porcentajes corresponden a firmas que están lidiando con procesos de concurso o quiebra. En general los fallos fueron emitidos por jueces provinciales, por encima de quienes deben ejercer este derecho, que es la justicia federal. Asimismo ,lo nocivo era reemplazar por medidas cautelares, lo que a deber corresponde a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Nación, es decir al propio Poder Ejecutivo.

Una respuesta económica a estos problemas, sería la determinación de reglas claras y estables en el tiempo. Es decir, establecer derechos de propiedad bien definidos, pues la confianza y la reputación se construyen en el tiempo y en la medida que los contratos se respetan.

Al mismo tiempo, el método de asignación de cuota ha fallado sistemáticamente por seguir un mecanismo que no responde a criterios de mercado. Es por ello que un reordenamiento del sistema, mediante un sistema que asigne de manera eficiente los recursos, podría ahorrar estas pérdidas y evitar los problemas mencionados.

Hay que agregar, que en el presente año, se ha incumplido con el otorgamiento a término a las empresas y como consecuencia no se ha cumplido con el total de la exportación.

Asignación eficiente

Una respuesta posible sería una licitación de los derechos, un mecanismo de asignación que raciona la cuota de manera transparente y eficiente.

Transparente, porque se determinan derechos de exportación por medio de una licitación de mercado competitivo. Eficiente, porque por medio de ésta, se lleva el objeto (derecho) el que más lo valora.

Por otra parte, vimos que la licitación de derechos de exportación aumenta el bienestar de los agentes y con esto la eficiencia, pues los permisos se redistribuyen de manera que los adquieren las firmas más competitivas.

El criterio de asignación por licitación pública, es un procedimiento claro, sencillo y transparente. Con una Ley se brinda el marco general y las prohibiciones expresas para evitar interpretaciones caprichosas de algunos jueces y con un Decreto Reglamentario se establecen los criterios y los procedimientos administrativos. La cuota rematada, será de propiedad del operador, no transferible, y éste perderá su derecho de un año al otro si no logra concretar sus exportaciones y/o deja de cumplir con las condiciones exigidas.

Hace unos años, en manos, le hicimos llegar al Sr. Jefe de Gabinete Alberto Fernández, en ese momento poseedor del poder total de las áreas respectivas, pues respondía a su orbita política real el Secretario Miguel Campos y no estaba enfrentado visiblemente con el entonces ministro de Economía Roberto Lavagna, a contrario de lo que sucedía con el Ministro de Obras Públicas Julio de Vido quien no gozaba de la simpatías de uno ni del otro, el pliego de bases y condiciones para la licitación pública de la Cuota Hilton.

Un trabajo muy completo que por cuestiones de espacio no podemos reproducir pero que le hacemos llegar a todos los interesados que lo deseen.

Pero no fuimos escuchados; decíamos en esos años que “no entendemos que si por montos muy inferiores y objetos de mucho menor cuantía y consideración (hasta las resmas de papel de un Ministerio) se llamaba a licitación pública, como podía ser que en un área tan sensible, con tal volumen de plata, y con una renta extraordinaria se otorga discrecionalmente con la simple firma de funcionarios” (María Alarcón).








INTRODUCCIÓN
El panorama actual de la Ganadería podríamos sintetizarlo diciendo que en los primeros meses del 2008 la participación de las hembras en la faena fue casi del 50%, completando 16 meses consecutivos de liquidación de vientres.

Para que se tenga una magnitud: las hembras faenadas en el año 2007 fueron 1.500.000 más que las faenadas en el año 2006. En el año 2006 a su vez se faenaron 1.000.000 más que en el promedio 2001-2005.

Es decir que la mitad de las fábricas de terneros se matan por el bajo precio, la imprevisibilidad, la falta de políticas a mediano y largo plazo y distintas argumentaciones que nuestra gente tiene, con toda razón, cada vez que manda un vientre a un Frigorífico.

En términos de exportación, la Argentina a mediados de la década del 90 apuntaba a exportar un millón de toneladas en el año 2000. Hoy se acerca a exportar sólo el 50% de ese objetivo.

En un mercado atomizado, con infinidad de operadores, la situación ha llevado a una reducción muy importante de la superficie ganadera –estimada en 11 millones de hectáreas- motivada también por la expansión de la agricultura que tiene además de los precios internacionales un tiempo mucho menor de resultados y de riesgo desde el punto de vista productivo y económico.

A diferencia de la agricultura en donde la innovación tecnológica ya la podemos poner en práctica en esta cosecha, y rápidamente recoger los resultados, en ganadería por ejemplo, sobre todo en ítems como la genética, los logros y objetivos sólo se ven y se cumplen a largo plazo, o por lo menos a mediano plazo..

Los plazos son importantes en un país imprevisible, sin reglas de juego, anómico, y sin instituciones consolidadas como la Argentina
Por ello es fundamental entender que el capital se recicla 15 veces en un año en aves, 2 veces por año en porcinos, y sólo una vez cada tres años en vacunos.
Para que se entienda para todos: una vaca tiene una cría por año, una cerda 25 y una gallina híbrida tiene aproximadamente 130 pollitos.
Por ello resulta inconcebible y es uno de los pocos lugares en el mundo en donde no hay grandes diferencias entre un Kg. de cerdo y un Kg. de carne vacuna en el precio, por ejemplo.

Los criadores e han visto particularmente afectados, pues no pueden salir de la actividad aunque no sea rentable, porque están sobre superficies que no tienen aptitud para otra actividad. Estos criadores de subsistencia intentan zafar de la situación con el arrendamiento forzado de algunas de sus hectáreas –amenazada ahora por una riesgosa ley de arrendamientos que incluso propugnan algunas entidades agropecuarias- o el riesgo de la siembra de esas tierras, para sobrevivir con las vacas en el resto del campo.

Por otro lado están empezando a desaparecer definitivamente los tradicionales invernadores a pasto, pues es la actividad que más compite directamente con la agricultura. En este punto es grave la falta de novillos de 400 Kg. o más, por este motivo, y principalmente por la política de cierre de exportación de carnes, que desmotivan a nuestros productores de novillos pesados de exportación que producían masivamente este tipo de carne.

La situación no puede aguantarse mucho más, pese al traslado de la ganadería hacia la región extrapampeana y el norte. Para que se tenga un magnitud de éste fenómeno el crecimiento de cabezas en Salta fue del 45% en tres años, en Santiago del Estero en 200.000 cabezas en sólo 1 año y también crecieron vertiginosamente, Chaco y Formosa, y –aunque no tanto como las provincias anteriores- Río Negro, San Luis y Mendoza.
Pero para entender a nuestros productores que como todos quieren tener rentabilidad y sacar ganancias de su trabajo para el crecimiento de su empresa y de su familia, los precios de 2,90$ para el novillo o 3,40 $ para el ternero en el norte no tienen equivalencia por ejemplo con lo que vale en Paraguay o Uruguay en donde el mismo ternero –o de peor calidad- vale 3 U$$ el kilo vivo.

La caída del stock ganadero, igualmente, no permite que haya expresiones con falta de seriedad y dichas en algunas declaraciones de miembros de la cadena agroalimentaria y agropecuaria, en especial de algunos dirigentes gremiales, ya que pese a que la caída durante este año – de acuerdo a la primera vacunación de aftosa- permite decir que se redujo en un 1.000.000 de cabezas, la misma se hace pero a una tasa moderada del orden del 1,5 al 2% anual, con lo cual para que se corra el riesgo de liquidación de la oferta de carne en la mesa de los argentinos, ésta se empezaría recién a notar dentro de tres años. Nada más grave que hablar fácilmente para luego no tener crédito ante la población toda, hay que marcar seriamente los riesgos e indicar los valores y plazos.


Nuestra población subió geométricamente y nuestra cantidad de vacunos muy poco, pues siempre recordemos que cuando teníamos 8 millones de habitantes teníamos 45 millones de vacunos, hoy tenemos 55 millones –exageremos a 60 millones – pero con más de 37 millones de habitantes. Las estadísticas del Senasa dicen que las existencias de bovinos a marzo del 2008 son de 57.583.122 cabezas.

Debemos también, como dice Víctor Tonelli, tener en cuenta un dato no menor de la política internacional, además de la apertura de los mercados asiáticos: el negocio de la carne tuvo un antes y un después a partir de la aparición de la vaca loca en Canadá y Estados Unidos.

La producción vacuna mundial, a diferencia de otro tipo de producciones está concentrada en pocos países. Los tres grandes son Australia, Brasil y Estados Unidos con el 60% de las exportaciones. Le siguen, con lo que podemos llamar medianos, que son: Nueva Zelanda, Unión Europea, India, Argentina y Canadá. Suman cerca del 40% hasta hace unos años. Ahora Argentina está en riesgo de perder estas ubicaciones por el avance de países como Uruguay .

MÁS PRODUCCIÓN-MÁS OFERTA-MÁS EXPORTACIÓN
Para finalizar esta introducción, hay que definitivamente entender que el sistema de control de precios, cierre de fronteras y de ventas al exterior, apostar a un cúmulo de decisiones burocráticas, realizar controles con un Estado omnipresente que está integrada por argentinos, sólo llevan en un país con nuestra tradición y falencias a mayores nichos de corrupción y de amiguismo, en la que las frustraciones constantes nos hacen aparecer como un país de contrabandistas y con un preocupante grado de aislamiento.

Nosotros, como en otros temas, apostamos a una sencilla regla de la economía:

-el eje central de la política cárnica debe estar asociada a un aumento de la oferta ganadera.

Más producción, más oferta, mas exportación esa es nuestra regla de desarrollo para todo y en especial en productos como la carne.

No es una cuestión ideológica, sino en principio conocernos como argentinos, con nuestras virtudes y defectos, y nuestra mentalidad, cultura, costumbres y educación, y si nuestra experiencia nos ha enseñado algo, es que aquí el Estado debe fiscalizar severamente, controlar sanitariamente, intentar construir un gran concepto de la Justicia donde se penen los monopolios y oligopolios, y los funcionarios corruptos.
Pero cuando el Estado argentino tiene injerencia, tamaño y capacidades desmedidas nos lleva al desastre.
No somos liberales ortodoxos, sino productivistas y desarrollistas, y creemos como hacen Nueva Zelanda, Australia y tantos países en el mundo que crecen y progresan, o nuestros amigos de Brasil y Uruguay, que hay que tener en cuenta también los cambios en los valores del intercambio y el gran precio de los alimentos en el mundo, entre ellos la carne.
José Pepe Múgica, ex dirigente Tupamaro Uruguayo, encarcelado durante el golpe militar en dicho país, actual Senador, y encargado éstos años de Agricultura y Producción en nuestro vecino país, es un ejemplo en la materia, que alejó los ideologismos, los revanchismos y los preconceptos, tan vigentes en nuestra mediocre historia actual.

II.-BREVE HISTORIA DE UNA SUCESIÓN DE ERRORES

Desde octubre del 2005, además de la falta previa de una política de estado agropecuaria, en materia de carnes bovinas se fueron sucediendo una lista de errores que detallamos a continuación.

1.-Para solucionar el problema de oferta de carne en octubre de ese año se incorporaron totalmente a destiempo, aun cuando la idea de fondo podía resultar interesante, los llamados límites en el peso de faena que se fueron modificando hasta los 280 Kg. por animal.

2.-Luego tras eliminar los reintegros del 5% que había sobre las exportaciones de carnes frescas, el Gobierno fue incrementando las retenciones sobre carnes frescas y congeladas hasta llegar al 15%.

3.-En enero del 2006 crearon los Registros de Operaciones de Exportación (ROE) mediante la resolución 31/06 del Ministerio de Economía y Producción..

4.-A los pocos meses – marzo de ese año- cerraron totalmente las exportaciones de carne durante más de 40 días. Luego las reabrieron cuotificando las ventas externas hasta un 50% de lo exportado en el 2005.

ALLÍ FUE EXPULSADA NUESTRA DIPUTADA, PTE DE LA COMISIÓN DE AGRICULTURA, MARIA DEL CARMEN ALARCÓN –ÚNICO CASO EN LA HISTORIA DE LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN- POR RESISTIRSE A DECLARAR SU “BENEPLÁCITO” POR LAS MEDIDAS DEL EJECUTIVO.

5.-Entre el segundo semestre del 2006 y el otoño del 2007 se fijaron los precios máximos sugeridos desde la Secretaría de Comercio.

6.-Durante el 2008 salen los ROE rojos que obstaculiza aún más la exportación a obligar a la demostración de los costos totales incurridos por cada embarque.

7.-Hace poco tiempo la Resolución 42/08 estableció el denominado Encaje Productivo Exportador, por el cual para acceder a los ROE y poder concretar los embarques los frigoríficos deben presentar una declaración jurada con el “tonelaje neto de carne” que tienen en existencia, al que se le resta 75% a modo de encaje productivo para determinar allí el saldo que el Gobierno le autoriza a exportar.


III.-PLAN BICENTENARIO DE LA CADENA DE VARNE VACUNA ARGENTINA

En el año 2006 con la colaboración de Alejandro Saredi y Ricardo Alonso el Grupo Pampa Sur presentó un Anteproyecto de Plan del Bicentenario para la Carne Vacuna Argentina a diferentes estamentos que nunca fue tenido en cuenta, pero queremos volver a distribuidor como un aporte más de los muy valiosos que existen en el sector agropecuario.

En dicho momento agradecimos a muchas Instituciones que ayudaron, colaboraron y complementaron nuestras ideas, así como distintos planes provinciales, que nunca fueron acompañados a nivel nacional,.También a figuras notorias como el Ing. Rearte, por mencionar sólo alguno de los destacados técnicos argentinos, como hay tantos en nuestro INTA, en instituciones como AACREA, en los Centros de Consignatarios, en Fundaciones como Producir Conservando, incluso con nuestras diferencias en el INTI, APROCABOA y las Bolsas de Comercio, y hasta CAPROVE y muchas otras que sería largo enumerar.

Hablar de un Plan de Carnes Bovina es hablar no sólo de Producción Primaria simplemente –como muchas veces las entidades agropecuarias confunden-, sino también de la Comercialización del ganado, de la Etapa de Procesamiento y de Plantas Frigoríficas, y de la Comercialización.
Finalmente ver el rol y el trabajo con el Consumidor.

Es decir tener en cuenta todas las etapas.


1.- En la etapa de PRODUCCIÓN entre otras premisas nacionales POSTULABA:

A) Desde el punto de vista Sanitario

-Darle un corte más federal al Senasa descentralizando su gestión y creando las regionales necesarias para su funcionamiento. Es verdad que el Organismo después de nuestra presentación, ha hecho esfuerzos implementando éste método en las distintas provincias y/ o regiones.

-Adecuar estándar sanitario para mercados de ganado en pie, para semen y embriones.

-Trabajo particularizado en BSE, Aftosa, Tuberculosis y Brucelosis, en enfermedades reproductivas y parasitosis.

-La necesidad de la extensión veterinaria y educación en la materia.

B) Desde el punto de vista Alimentario

-Énfasis en el trabajo, difusión y capacitación en las reservas de forrajes.

-En la implantación de pasturas y fertilización.

-En la suplementación estratégica y en la utilización de subproductos

-Capacitación en el manejo de pasturas y en el racionamiento entre tantas otras actividades.

- Plan de manejo de mitigación de desastres en ganadería (aspectos climáticos que afectan a la supervivencia).

C) Desde el punto de vista Genético y Reproductivo

-Asesoramiento técnico veterinario

-Retención de vientres y reemplazo. Trabajamos mucho, y presentamos proyecto al respecto con el mismo resultado de aletargamiento y suspensión, gracias también al porte de distintos sectores de la cadena (*Anexo 1)

-Reproductores registrados

-Capacitación de productores muy especialmente en este ítem –

D) Desde el punto de vista del Manejo


-Bienestar Animal. Buenas Prácticas Ganaderas. Al respecto es de considerar el trabajo de muchos prestigiosos conocedores de la materia que recomendamos como Leopoldo “Polo” Estol quien marca como Argentina en el 2006 perdió 235.000 novillos por no cuidar el bienestar animal. En el 2007 nada menos que la carne que alimentaría un año a 100.000 personas por no cuidar el B.A. (http://www.universocampo.com/).

Nosotros logramos la sanción del proyecto de Bienestar Animal en la Cámara de Diputados, gracias al trabajo también de Ivana Pagés presidente de F.A.B.A., pero que después fue paralizado en el Senado. Quizás había algunos puntos para mejorar, pero constituía un avance notable en la materia, que como tantos otros temas fue desoído.

-Control del medio ambiente

-Reducir costos y propiciar asociaciones entre productores

-Mejorar la identificación utilizando los diversos métodos como el chip reticular en el rodeo nacional

Agregábamos otras premisas nacionales como:

-Control del abigeato.

Presentamos varios proyectos de ley, algunos de ellos tuvieron media sanción como el agravamiento de delitos cometidos en establecimientos rurales presentado por Miguel Saredi y el diputado Guillermo Alchourón.
Logramos la intervención del Poder Ejecutivo aumentando los controles y mayores penas para el caso de abigeato en el año 2004-2005.
El proyecto original lo presentó nuevamente la diputada Alarcón.

-Programa cueros. Importante materia prima muchas veces no tenida en cuenta en los planes oficiales para la industria curtidora, la marroquinería y el calzado. Pero además como importante renglón de exportación. Se requiere un mayor cuidado en su calidad, principalmente en el campo, pero también en la faena y conservación.

-Regulaciones de feed-lots.

-Trazabilidad. Que fue en principio recurrida por la UE, se va extendiendo por todo el mundo requiriendo su mejoramiento en toda la cadena. Marcela Gimeno entre otros son especialistas que nos han ayudado mucho en su difusión y capacitación.

-Trabajar en fertilidad, adaptación y calidad de carne con las Asociaciones de Razas.

-Instrumentación de fideicomisos ganaderos.

-Reforma fiscal y tributaria. Modificar el IVA a los alimentos y derogar los impuestos confiscatorios para los productores y estudiar los costos del Instituto de la Carne.
La eliminación de las retenciones y el impuesto al cheque siguen siendo puntos importantes al respecto.

-Política crediticia y seguros ganaderos

-Obras de Infraestructura de rutas, caminos rurales, ferrocarriles, puertos y vías navegables. En este sentido y en esta producción las inundaciones en el Salado y en la Cuenca del Río Quinto son de singular importancia.

-Campaña nacional para la sustitución de proteína vacuna por carne de cerdo y aviar por empezar.

-Establecer una adecuada distribución, transparente y con licitación de la Cuota Hilton.



2.-En la etapa de COMERCIALIZACIÓN DEL GANADO hablamos y propusimos

-La venta de reses vacunas deberá transformarse en cortes, con ventajas higiénicas sanitarias y de la localización adecuada de la demanda.

-Mercado de Futuros y Opciones. Otorga certidumbre al negocio principalmente a la exportación, pero también al consumo.

-La adecuación del Transporte a Bienestar Animal

-Control de la comercialización marginal.

-Guía única de traslado.

-Peso de Faena.

-Simplificación gestiones de venta Senasa y Guías


3.-En la etapa de PROCESAMIENTO-PLANTAS FRIGORÍFICAS propugnamos

Establecer la estrategia de readecuación en forma gradual como política de fondo y definitiva:

-Regionalizar el país. Pese a la dispersión y la atomización que hace que la distribución de las plantas sea amplia a nivel general, hay provincias que concentran en gran medida que puede y debe ir cambiando por el traslado de la hacienda incluso.
En Estados Unidos además de la existencia de una menor cantidad de plantas que engloban la mayor parte de la faena, anteriormente estaban ubicadas cerca de las áreas urbanas, donde existe la mayor demanda. Pero con la aparición de nuevos medios de transporte y tecnologías como el congelado, se produjo una mudanza de las instalaciones a zonas rurales.

-Estándar sanitario único suprimiendo el doble estándar sanitario que se termina transformando en un doble estándar en materia impositiva, financiera y ambiental, que perjudica a los consumidores internos, que como en otras producciones-como frutas y hortalizas- termina perjudicando a nuestros habitantes desde el punto de vista sanitario y de calidad de alimentos.

-Lograr escala en plantas frigoríficas porque:
* aumentaría la eficiencia en la faena
* facilitaría el cumplimiento de normas internacionales de la demanda
* habría un mejor aprovechamiento de subproductos
* un mejor control de evasión fiscal
* También pensando en el medio ambiente y bienestar animal con mayores recursos para su cumplimiento y finalmente porque
* favorecería el control sanitario.

-Reconversión de plantas frigoríficas. Es necesario un aumento de la escala productiva de un lote de frigoríficos.


-Política crediticia para reconversión de plantas

-Inclusión de productores (cooperativas o asociaciones) en los procesos de manufactura y comercialización

-Políticas tributarias –retenciones

-Actualizar tipificación

-Ley de Cueros

-Capacitación de los actores del proceso



4.-En la etapa de COMERCIALIZACIÓN

a) Del Mercado Interno

-Mantener el consumo actual o incluso aumentarlo parece ser lo políticamente correcto, pero es necesario diversificar la dieta de los argentinos. No es nuestro interés cambiar abruptamente los hábitos y costumbres, pero si una permanente campaña de sustitución por otras carnes, y aumento progresivo en el consumo de frutas y verduras por cuestiones económicas y de salud.

-Ordenar circuito interno de la carne, con múltiples falencias en la cadena de frío, transporte, despostado, etc.

-Ineficiencias en la venta por distribución mayorista de medias reses y cuartos con hueso.

-Hay unanimidad en la necesidad de la distinción por cortes de exportación y de consumo interno.

Fuimos quizás los primeros en llevar la propuesta a la entonces Secretaria de Comercio Interior, Patricia Vaca Narvaja, de una serie de frigoríficos exportadores, quien no sólo no escuchó la propuesta sino que con su intervención empezó en mediados del 2005 una serie de medidas desacertadas.
En dicha propuesta, los frigoríficos exportadores se obligaban a volcar al mercado interno más de 60 Kg., de animal faenado a precios subsidiado que podía lograr una rebaja del 25 al 30% de consumo interno. A cambio pedían una disminución o eliminación de las retenciones.
Hubiera sido una verdadera revolución, pues con la ganancia extraordinaria podíamos mantener el precio interno y pagar más al productor.
Los frigoríficos que no subsidiaban el consumo interno seguirían pagando retenciones, y obligábamos que las distintas cadenas de comercialización firmaran una orden de compra a los frigoríficos por ante las autoridades nacionales, con los precios comprometidos, calidades y plazos de pago. La publicidad de los precios sería intensa, podíamos direccionarla incluso con el Gobierno Nacional y ser abonada por el IPCVA.
Tenía además distintos efectos positivos como:
*El mercado interno recibiría 20000 toneladas mensuales a precios subsidiados, que era solamente el 12% del consumo, es verdad, pero con una incidencia muy importante, pues a la lista se incorporaban los cortes más sensibles (parrilleros, molida, pulpa para milanesa, etc.) y los precios internos hasta podían bajar en su media anual.
*Y en especial favorecería la mayor producción de carne en el país pues a los productores les sería atractivo hacer animales con más peso también.


-Bajo nivel de maduración. Con la necesaria maduración y tiernizado de las carnes se aporta valor a los productos y se permite aumentar la edad y y peso de faena de los animales.

b) Del Mercado Externo

-Adecuación legislación y reglamentación para cumplir con requerimientos de la demanda internacional sobre trazabilidad, medio ambiente, inocuidad de los productos, etc.

-Marca CARNE ARGENTINA.

-Aumentar valor agregado de nuestras exportaciones que es claramente posible en el tema carnes.

-Adecuar políticas tributarias y crediticias para estimular la exportación.

-Promoción en el exterior y política comunicacional del IPCVA.


La Cuota Hilton: Un caso paradigmático

La exportación de carnes de calidad dentro de la cuota Hilton genera una importante renta para los participantes. Si bien no es el mayor volumen –ni mucho menos de la carne argentina al exterior- es aquella que otorga un salto cualitativo por la renta extraordinaria que genera, que debería haber generado hace muchos años una política de estado por lo menos en éste nicho específico para aumentarla, perfeccionarla y transparentarla como un beneficio adicional que nuestras tierras, nuestra genética y nuestra calidad en carnes han tenido.

Pero el sistema de reparto de la cuota ha sufrido numerosas modificaciones tanto en los criterios de asignación, siendo la autoridad de aplicación la SAGPYA, que a nuestro entender, actuando con discrecionalidad, en muchos casos, produjeron inconvenientes para la definición de un sistema de asignación estable y claro.-
A pesar de que el otorgamiento y la distribución, debe realizarse cumpliendo estrictamente los requisitos establecidos :
- Contar con una planta habilitada para exportar a la UE.
- Estar matriculado en la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario -ONCCA_, conforme a la ley Nº 21.740
- Haber cumplido con todas las obligaciones impositivas, de la Seguridad Social y Sanitarias.
- Acreditar que la planta tuvo actividad productiva durante los 10/12 meses anteriores de cada ciclo comercial.
- Acreditar haber exportado en el ciclo anterior por fuera de la cuota un mínimo de 200 tn. Para el primer año y 400 tn. Para los ciclos subsiguientes.




Grupos de Interés

A lo largo de la historia de la cuota, diferentes grupos trataron de afianzar sus intereses en el reparto de la misma. La inestable y conflictiva evolución del sistema de distribución muestra la ausencia de reglas de juego claras y estables. Cada cambio de criterio genera ganadores y perdedores, y cada sector presiona para obtener un mayor porcentaje de renta. En este sentido, una asignación discrecional decidida por la autoridad administrativa, se ha vuelto perjudicial para el resguardo de un bien del Estado, porque se entiende que las toneladas que UE ha otorgado a la Argentina, no pertenecen a ninguno de los sectores intervinientes, en particular.
En los últimos años, se ha sumado a la escena la presencia de la justicia a través de lo que se ha denominado la judicialización del cupo Hilton. Algunas empresas que intentan mantener, prorrogar u obtener derechos sobre la cuota recurren a los tribunales solicitando recursos de amparo. Esta situación se agudizó particularmente en el año 2003, cuando el 53% de la cuota se encontraba bajo algún tipo de conflicto legal y fue finalmente asignado a través de decisiones judiciales.
Por ello es importante considerar en el análisis la inestabilidad del sistema de distribución, las intromisiones judiciales y la discrecionalidad para ilustrar los inconvenientes de una inadecuada e incompleta especificación de derechos de propiedad.
Están son las características fundamentales, lamentablemente, de la Cuota Hilton en la Argentina:
1.-. Inestabilidad 2.- Judicialización 3.-Discrecionalidad
La inestabilidad y la discrecionalidad propias de todo el sistema de normas y de poder argentinos no necesita explicación, pero si quizás para a aquellos que no lo comprenden: la judicialización.
Desde principios de la década del ´90, la justicia fue cobrando protagonismo en el reparto del cupo, generando más fricciones en el sistema. Las medidas cautelares que se logran en los tribunales tienen el fin de mantener, adjudicar o prorrogar porcentajes de cuota a diferentes plantas frigoríficas. El problema se manifiesta en la medida que estos porcentajes corresponden a firmas que están lidiando con procesos de concurso o quiebra. En general los fallos fueron emitidos por jueces provinciales, por encima de quienes deben ejercer este derecho, que es la justicia federal . Asimismo ,lo nocivo es reemplazar por medidas cautelares, lo que a deber corresponde a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Nación, es decir al propio ESTADO.
El solo incumplimiento de los requisitos antes expresados, debería concluir con la caducidad o suspensión de su parte de cuota
Eventualmente, algunas firmas no llegan a cumplir con los compromisos de exportación, mientras que el porcentaje de cuota que no se exporta produce una pérdida de reputación que puede afectar a otras empresas.
Una respuesta económica a estos problemas, sería la determinación de reglas claras y estables en el tiempo. Es decir, establecer derechos de propiedad bien definidos, pues la confianza y la reputación se construyen en el tiempo y en la medida que los contratos se respetan. Al mismo tiempo, el método de asignación de cuota ha fallado sistemáticamente por seguir un mecanismo que no responde a criterios de mercado. Es por ello que un reordenamiento del sistema, mediante un sistema que asigne de manera eficiente los recursos, podría ahorrar estas pérdidas y evitar los problemas mencionados.
Hay que agregar ,que en el presente año, se ha incumplido con el otorgamiento a término a las empresas y como consecuencia no se ha cumplido con el total de la exportación.
Asignación eficiente
La solución eficiente vendría de la mano de un sistema que defina claramente los derechos de propiedad.
En este sentido una respuesta posible sería una licitación de los derechos, este mecanismo de asignación raciona la cuota de manera transparente y eficiente. Transparente, porque se determinan derechos de exportación por medio de una licitación de mercado competitivo. Eficiente, porque por medio de ésta, se lleva el objeto (derecho) el que más lo valora.
Por otra parte, vimos que la licitación de derechos de exportación aumenta el bienestar de los agentes y con esto la eficiencia, pues los permisos se redistribuyen de manera que los adquieren las firmas más competitivas.

El criterio de asignación por licitación pública, es un procedimiento claro, sencillo y transparente. Con una Ley se brinda el marco general y las prohibiciones expresas para evitar interpretaciones caprichosas de algunos jueces y con un Decreto Reglamentario se establecen los criterios y los procedimientos administrativos. La cuota rematada, será de propiedad del operador, no transferible y éste perderá su derecho de un año al otro si no logra concretar sus exportaciones y/o deja de cumplir con las condiciones exigidas. La recaudación será para solventar los gastos operativos y las auditorias requeridas por el sistema público. La política, en sentido estricto, es la posibilidad de elegir y arbitrar para el beneficio de la mayoría. Se invita al debate para que unos pocos no se adueñen de algo que es un bien público.
Hace unos años en manos le hicimos llegar al Sr. Jefe de Gabinete en ese momento poseedor del poder total de las áreas respectivas por intermedio de la entonces diputada María Alarcón (Pampa Sur) el pliego de bases y condiciones para la licitación pública de la Cuota Hilton. (* ANEXO 2)
Además nos presentamos judicialmente en la causa que en principio condujo al proceso del entonces Sec. de Agricultura Miguel Campos por la asignación de la partida de Cuota Hilton de esos años.
Pero en nada fuimos escuchados, decíamos en esos años 2003-2004-2005 que no “entendemos que si por montos muy inferiores y objetos de mucho menor cuantía y consideración (hasta el papel de resmas un Ministerio) se llamaba a licitación pública, no entendemos como en una área tan sensible, con tal volumen de plata y con una renta extraordinaria se otorga discrecionalmente con la simple firma de funcionarios” (Miguel Saredi).
LA CARNE Y LOS ARGENTINOS

Reflexiones Finales

Durante casi 100 años, Argentina fue el primer exportador de carne vacuna del mundo.

Al mismo tiempo éramos el principal consumidor (y seguimos siéndolo por cantidad de habitantes). Nuestro país absorbía 65 al 70%, y exportaba el restante 30 al 35%.

Enseña el Ingeniero Iriarte que la carne en la Argentina es más que un alimento.
La carne es un motivo de reunión, de placer, de festejo.

Es tan así que la carne constituye de por sí un hecho político y de importancia social muy especial para la clase política argentina.

La carne es uno de los pocos productos en la Argentina, dice Iriarte, que es el único en que se rompe la ley de la demanda, porque puede subir de precio pero la carne se come cada vez más.

Es difícil frenar esta demagogia y hablar en un serio cuando tenemos toda una clase dirigente cuyos plazos mayores son de 1 –los devaneos y movimientos preelectorales- a 2 años (cada elección). Todo lo contrario a lo que ya dijimos sobre los plazos para la producción.
Sino observemos en que ya se está pensando la mayoría de la clase dirigencial en toda la Argentina.

Hay un agravante, y es que en casi todos los otros productos si sube mucho el precio, se puede recurrir al viejo método de abrir la importación, pero en éste producto:
¿Quien quiere comer carne de otro país?
Sólo Uruguay en la convertibilidad lo hizo, y pese a que en pollos o cerdos nos inundaban de Brasil, en carne bovina en algún momento se intentó, pero los conocedores del medio como operadores, matarifes, carniceros y reventas cuentan que el mercado argentino es tan exigente que cuando mostraban la carne decían los compradores “de donde sacaste ese camello” (por el tipo de carne más grande, el distinto tipo de grasa, etc.).
Hoy gracias a nuestros desaguisados ellos suben en cantidad, volumen y calidad y nosotros como en otros aspectos de nuestra vida comunitaria (costumbres, cultura música e institucionalmente) descendemos sin rumbo, abruptamente, así que quizás en el futuro hasta pidamos su carne pero hasta el presente fue una irrealidad.
Ni siquiera funciona abrir la importación. Funciona con el ave, con el cerdo y hasta con el pavo pero con nuestra carne no.

Cada vez se come mas cantidad de carne por habitante, y hasta en nuestras costumbres fuimos variando para aumentar su consumo. Por ejemplo hace 20 años la comida del domingo en miles de hogares eran las pastas, pero la carne avanzó socialmente sobre estos días, sobre los cumpleaños, los casamientos, las fiestas, etc.
Cuando se acerca fin de año los frigoríficos, los carniceros, los supermercados por ejemplo empiezan meter carne en Cámara (y empiezan a hacer stock porque venden todo lo que tienen).Así los consumos de diciembre de cada año desde el 2005 han ido subiendo hasta un 30% respecto del año anterior. Pensar que en noviembre de un año Miguel Campos y otros teóricos de Agricultura y del Gobierno Nacional se les ocurrió imprevistamente por ejemplo cambiar el peso límite de faena.

Por eso para atender al tema de la carne hay que tener en cuenta aspectos políticos, económicos, sociales, sociológicos y hasta de modos y costumbres de los argentinos.

Por eso decimos siempre que debemos construir poder Radialmente en todos los aspectos: partidario, cultural, gremial e ideológicamente.

El prisma del poder tiene múltiples caras y cada una de ellas debe ocuparse, y en cada una de ellas debemos participar para cambiar la situación que nos agobia.

Para una política ganadera se necesita una política de estado que atraviese más de un período electoral o las buenas intenciones de un funcionario, y sólo los integrantes de la cadena agroindustrial y agroalimentaria podemos hacer entender y construir este poder necesario para cambiar éste y tantos otros temas.

Para cambiar los hábitos de los argentinos, promocionar el consumo de carne porcina y aviar, lograr un cambio dietario y difundir el consumos de frutas y verduras se necesitan años de seriedad y de trabajo de todos los integrantes de la sociedad.

Nosotros creemos a su vez, que LA REALIDAD SE TRANSFORMA CON PODER, como hizo el Partido Nacional –o partido del campo – en Australia..

ANEXO 1.-

Plan Nacional de Retención de Vientres
Introducción
Hemos estudiado el alcance que tendría un Plan Nacional de Retención de Vientres, una propuesta superadora, con el fin de contribuir al espectro productivo con alternativas válidas para alcanzar el incremento del stock de ganado vacuno. A tal fin estudiamos tanto opciones financieras como impositivas, a las que podrá acceder el productor. Creemos que estas alternativas serán útiles para alcanzar el fin buscado, además de otorgar importantes beneficios a la economía toda, ya que se sustenta en un sistema de estímulos opcional no obligatorio para el productor.
Fundamentación
La actual situación del sector ganadero nacional, en el cual el porcentaje de hembras en el total faenado se ha duplicado en los últimos años, así como el peso promedio de faena de los animales ha disminuido progresivamente, situaciones estas que han producido una merma en el stock ganadero.
Existe actualmente una importante demanda insatisfecha de cortes vacunos de calidad en el mundo, y que nuestro país estaría en condiciones de satisfacer en cuanto a parámetros de calidad se refiere; esta situación debe ser revertida, a fin de aprovechar las ventajas comparativas y competitivas de nuestro país, así como también las oportunidades que brinda el comercio exterior; la situación de demanda social, económica, y financiera que aún sostiene Argentina, requiere del mayor ingreso posible de divisas, y las exportaciones de carnes vacunas podrían intensificarse a efectos de generar recursos para el país, y políticas de sostenimiento de los precios para los alimentos internos (carnes).
Cualquier acción tendiente a revertir la disminución del stock ganadero debe surgir del
consenso entre el Sector Público y el Privado Productivo, y no imponerse desde el primero con acciones lascivas a la propiedad privada del segundo; en el pasado, todas las experiencias regulacionistas impuestas a la economía han derivado en el incremento de las actividades marginales, por fuera del circuito legal, redundando en un perjuicio tanto del mercado como del Sector Público, por la disminución en la cantidad de bienes disponibles y la caída en la recaudación de impuestos; existe un antecedente normativo importante, establecido por la Ley 25.422 que hace referencia al Régimen de Recuperación de la Ganadería Ovina, promulgada en el 2001; en consecuencia, resulta necesario promover una Ley que contemple incentivos fiscales y crediticios para los productores que se suscriban al Plan Nacional para la Retención de Vientres; los incentivos fiscales permitirán que sobre el productor recaiga una menor carga impositiva; los incentivos crediticios permitirán que el productor pueda disponer de mayor capital para el desarrollo de su actividad, y un incremento de la utilización y productividad de su ganado vacuno; a través de los mencionados mecanismos, el proyecto de retención de vientres será una política eficiente en el largo plazo; Ante estas consideraciones sugerimos el siguiente plan:

Plan Nacional de Retención de de Vientres

Título I
Aspectos Generales
Art. 1: Encomiéndese a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos la implementación y posterior aplicación, en todo el territorio nacional de un Plan Nacional de Retención Ganadera de Vientres. El mismo regirá por única vez, toda vez que establece un régimen de excepción.
Art. 2: La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos, será la que coordinará con las delegaciones nacionales y provinciales que correspondan, la aplicación de la presente. Igualmente dispondrá la reglamentación respectiva.
Art. 3: En función de lo dispuesto en el Art. 1º, dispóngase la articulación de incentivos crediticios e impositivos para aquellos productores criadores que adhieran al Plan Nacional de Retención Ganadera de Vientres Vacunos.
Título II

Aspectos crediticios

Art. 4: Dispóngase, por intermedio del Banco de la Nación Argentina y de los otros bancos que adhieran a la operatoria, la instrumentación de líneas de crédito destinadas a financiar la compra y/o retención de vientres vacunos.
Art. 5: Dispóngase, por intermedio del Banco de la Nación Argentina y de los otros bancos que adhieran a la operatoria, la instrumentación de líneas de crédito destinadas a financiar la implantación de praderas y la incorporación de tecnologías afines al objeto de la presente ley.

Art. 6: Los instrumentos previstos en los Art. 4º y 5º gozarán de incentivos impositivos, subsidios y beneficios que serán reglamentados por la autoridad de aplicación.

Título III

Aspectos Impositivos y Provisionales
Art. 7: El productor criador que pretenda acogerse a los beneficios establecidos en la presente ley, deberá presentar un proyecto productivo a cuatro años de plazo, que deberá cumplir con los requisitos que por vía reglamentaria se establezcan.
Art. 8: Dicho proyecto deberá tener como propósito primordial lograr el incremento anual de los vientres vacunos.
Art. 9: Sólo una vez aceptado el proyecto a que hace referencia el artículo séptimo y en tanto se cumpla acabadamente el mismo, podrá el productor gozar de los beneficios crediticios, impositivos y provisionales previstos. Los mismos durarán lo que el proyecto productivo, con un plazo máximo de cuatros años.
Capítulo I
Impuesto a las Gananciasrt. 10: El productor criador podrá amortizar la hacienda hembra reproductora tomando como vida útil dos ejercicios, contando inclusive el año de ingreso de dicha categoría.

Art. 11: El mecanismo indicado en el artículo décimo podrá ser aplicado también para los reproductores machos, sean estos de propia producción o adquiridos a terceros.

Art. 12: El productor criador que decida incorporarse al Plan Nacional de Retención de Vientres Vacunos, en tanto se de cumplimiento con lo normado por los artículos séptimo y noveno, gozará de un beneficio de reducción de la alícuota del Impuesto a las Ganancias que le corresponda y que será proporcional al cumplimiento del proyecto productivo aprobado. A los fines del presente artículo, se deja establecido que la reducción anteriormente dispuesta no podrá ser superior al 60% de la alícuota que corresponda.

Art. 13: El productor criador, en las condiciones previstas en el artículo decimosegundo, podrá al cierre de cada ejercicio fiscal no considerar para determinar la base imponible del Impuesto a las Ganancias, las existencias finales de hacienda hembra reproductora y de reproductores machos.

Capítulo II

Impuesto sobre los Bienes Personales y Ganancia Mínima Presunta

Art. 14: De manera similar a lo previsto por el artículo decimotercero, el productor criador podrá no considerar para determinar la base imponible de el Impuesto sobre los Bienes Personales y para el que grava la Ganancia Mínima, las existencias de hacienda hembra reproductora y de reproductores machos.

Capítulo III

Impuesto al Valor Agregado

Art. 15: El productor criador que decida incorporarse al Plan Nacional de Retención de Vientres Vacunos, en tanto se de cumplimiento con lo normado por los artículos séptimo y noveno, podrá diferir por tres ejercicios consecutivos el pago del Impuesto al Valor Agregado.

Art. 16: No se encuentran excluidos de este beneficio el productor criador que desarrolle en forma secundaria, accesoria o complementaria cualquier otra actividad, quedando expresamente establecido que el beneficio previsto en el artículo decimoquinto podrá ser utilizado solo y exclusivamente para la actividad pecuaria objeto de la presente ley.

Capitulo IV

Aspectos Provisionales

Art. 17: Visto la presente Ley, se hace necesario establecer beneficios a los productores que se hayan acogido a la misma, por lo que se establece eximir a estos sujetos que tengan personal de dependencia afectado a la actividad, de todo tipo de contribución sobre las remuneraciones de los mismos. La ART estará a cargo del empleador.

Art. 18: Para acceder a los créditos con tasas subsidiadas el productor deberá presentar un proyecto o plan de trabajo ante la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Nación, que contará con la asistencia de una Comisión de Asesoría Técnica. Esta Comisión de Asesoría Técnica funcionará en cada una de las provincias que adhieran a la presente propuesta; y estará conformada por personal especializado del INTA y profesionales de las Sociedades Rurales.

Art. 19: La Autoridad de Aplicación (SAGPyA) dará intervención a la Comisión de Asesoría Técnica y remitirá al Banco aquellas solicitudes que fueron aprobadas por la C.A.T. La Entidad Financiera evaluará la viabilidad económica de la propuesta a efectos de otorgar el crédito solicitado por el productor.

Art. 20: Con la periodicidad que determine la reglamentación, la Comisión de Asesoría Técnica deberá presentar un informe a la S.A.G.P.y A. con copia al Banco a efectos de evaluar el grado de cumplimiento del proyecto. En el caso de detectarse desvíos importantes deberá emplazar al productor para regularizar dicha situación.

Art. 21: Las líneas de créditos con tasa subsidiada alcanzan a los siguientes proyectos:
Banco de vientres: Crédito valor producto para compra de vientres en el marco de proyectos productivos. Plazo 8 años, gracia 3 años, sin intereses.
Mejora Genética 1: Crédito valor producto para compra de reproductores en el marco del programa de mejora genética. Plazo 4 años, sin intereses.
Sanidad Animal: Crédito asociado a programas sanitarios específicos definidos por la C.A.T. Plazo 12 meses sin intereses.
Mejora Genética 2: Aportes no reintegrables para facilitar la ejecución de Programas de Mejora Genética acordados con las Asociaciones de Criadores.
Capacitación: Aportes no reintegrables de actividades de capacitación a productores, técnicos, gerentes y funcionarios que sean necesarias para sustentar el proceso.
Subsidio de tasa de interés: Reducción de tasas de interés de líneas de crédito bancario para la retención y/o compra de vientres.
______________________________________________________________________


ANEXO 2.-
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARA LA LICITACION PUBLICA DE CUOTA HILTON



ARTÍCULO PRIMERO.- AMBITO DE APLICACIÓN
Las normas contenidas en el presente articulado, constituyen el PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LA VENTA DEL TOTAL DEL CUPO TARIFARIO ASIGNADO A LA REPÚBLICA ARGENTINA POR LA UNIÓN EUROPEA (en adelante PLIEGO CUOTA HILTON).

ARTÍCULO SEGUNDO.- CONVOCATORIA A LICITACIÓN.
Anualmente, para los períodos comprendidos entre el 1º de julio y 30 de junio del siguiente año, el proceso de asignación de CUOTA HILTON se regirá por el presente PLIEGO.

ARTÍCULO TERCERO.- DENOMINACIONES
A los fines de su empleo en las cláusulas establecidas en el presente PLIEGO y demás documentos relativos a la licitación, se denominará, en orden alfabético:

ADJUDICACIÓN: Acto administrativo dictado por el ORGANISMO COMPETENTE que concede esta licitación a favor de uno de los OFERENTES.
ADJUDICATARIO/A: OFERENTE cuya OFERTA haya sido seleccionada mediante el acto de ADJUDICACIÓN.
AUTORIDAD DE
APLICACIÓN: Será la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos dependiente del Ministerio de Economía de la Nación o la que en el futuro la sustituya, la cual estará encargada de resolver en primera instancia todas las cuestiones vinculadas al procedimiento licitatorio y a la ejecución del contrato.
COMISIÓN DE
SEGUIMIENTO: Órgano encargado del control externo del cumplimiento del contrato.
CERTIFICADO o
CERTIFICADO DE
AUTENTICIDAD: Certificación de autenticidad que ampara los embarques correspondientes a la CUOTA HILTON.
CONTRATISTA: Adjudicatario que suscribió el contrato objeto de este PLIEGO.
CONTRATO: Acuerdo a través del cual se pactan derechos y obligaciones referidas al objeto del presente PLIEGO.
DOCUMENTOS DEL
LLAMADO: Este PLIEGO, sus CIRCULARES ACLARATORIAS, sus ANEXOS y toda otra documentación producida en la presente licitación.
CONTRATANTE: El Estado Nacional, a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos dependiente del Ministerio de Economía de la Nación.
INTERESADO: Persona de existencia visible o ideal que adquiera el presente PLIEGO.
LICITACIÓN: Procedimiento de selección establecido para ejecutar la modalidad de contratación escogida.
OFERENTE: Personas jurídicas nacionales, que por sí o asociadas entre sí bajo las formas jurídicas reconocidas por la legislación argentina, presenten una OFERTA en el marco de las pautas establecidas en el presente PLIEGO.
OFERTA: Propuesta económica, antecedentes y documentación requeridos en el presente PLIEGO, presentados por un OFERENTE en la fecha, hora y lugar establecidos.
PERÍODO DE VIGENCIA
DEL CONTRATO: Aquel comprendido entre el 1º de julio y el 30 de junio del siguiente año.
PREADJUDICATARIO: OFERENTE cuya OFERTA ha resultado preadjudicada.
REPRESENTANTE LEGAL: Persona de existencia física designada por el ADJUDICATARIO para que lo represente legalmente, con facultades para obligarlo ante el CONTRATANTE en toda cuestión legal contractual.
OFERTA ECONÓMICA: Es la retribución ofrecida que, ajustándose en un todo a las exigencias y formas del PLIEGO y a su manera de ofertar, deberán realizar los OFERENTES.

ARTÍCULO CUARTO.- PARTICIPANTES
Tienen posibilidades de participar en el proceso licitatorio:

1.1. Las plantas industriales que cumplan con los requerimientos actuales del régimen. Ellas son:

1.1.1. Estar inscriptos en la ONCCA como Matadero Faenador y/o Despostador y como Exportador [1]
1.1.2. Cumplir con las obligaciones impositivas, provisionales y sanitarias.1
1.1.3. Estar la planta incorporada en el listado de establecimientos habilitados para la Unión Europea.1
1.1.4. Haber trabajado la Planta en forma continua los 12 meses anteriores.
1.1.5. Haber exportado la Planta como mínimo 200 toneladas en el ciclo anterior por fuera de la cuota, excepto en el caso de las Plantas nuevas.
1.1.6. Haber exportado en el ciclo anterior por fuera de la cuota, el doble de las toneladas a las que se pretende acceder.

1.2. Los proyectos conjuntos entre plantas frigoríficas exportadoras y grupos de productores de ganado bovino y/o asociaciones de criadores de razas bovinas. Podrán licitar hasta el 10% del total del cupo CUOTA HILTON.
Las empresas frigoríficas nominadas deberán cumplir con los requerimientos consignados en el punto 1.1.

ARTÍCULO QUINTO.- OBJETO
La presente licitación tiene por objeto la venta del total del cupo tarifario asignado a la República Argentina por la Unión Europea (CUOTA HILTON).
La misma se realizará por un mínimo de 300 toneladas y a su vez deberán ofrecerse en relación a los siguientes tramos.
El Anexo 1, que es parte integrante del presente PLIEGO, establece las distintas alternativas de tramos y cantidad de lotes.

ARTÍCULO SEXTO.- PRECIO BASE
El precio base a partir del cual se puede realizar la OFERTA ECONÓMICA, estará determinado por el VEINTE POR CIENTO (20%) a aplicarse sobre el valor FOB de las CUOTA HILTON al primer día de publicación del llamado a licitación, convertidos a moneda nacional a dicho momento.

ARTÍCULO SÉPTIMO.- PLAZOS
Todos los plazos establecidos en el presente PLIEGO se computarán en días hábiles administrativos, salvo expresa disposición en contrario.

ARTÍCULO OCTAVO.- COMUNICACIONES
Las comunicaciones que se realicen entre el ORGANISMO CONTRATANTE y los INTERESADOS, OFERENTES o ADJUDICATARIOS, se llevarán a cabo por los medios previstos en la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

ARTÍCULO NOVENO.- VISTA DE LAS ACTUACIONES
Toda persona que acredite algún interés, podrá en cualquier momento tomar vista de las actuaciones referidas al proceso de contratación, desde la apertura de las OFERTAS hasta la finalización del CONTRATO, exceptuando la etapa de evaluación de las OFERTAS.
Los originales de las OFERTAS serán exhibidos a los OFERENTES por el término de CINCO (5) DÍAS, contados a partir de la apertura. Los OFERENTES podrán solicitar copias a su costa.
La negativa arbitraria a dar vista de las actuaciones, se considerará falta grave del funcionario o agente al que corresponda otorgarla.
Los terceros deberán acreditar su interés por cualquier medio de prueba.
La toma de vista en ningún caso dará derecho al particular para efectuar presentaciones en el expediente por el que tramita la licitación, ni dará lugar a la suspensión de los trámites o a demoras en el procedimiento de la contratación.

ARTÍCULO DÉCIMO.- GARANTÍAS
10.1.- Clases
a) De mantenimiento de OFERTA: CINCO POR CIENTO (5%) del valor total de la OFERTA. En el caso de cotizar con alternativas, la garantía se calculará sobre el mayor valor propuesto.
b) De cumplimiento del CONTRATO: DIEZ POR CIENTO (10%) del valor total de la ADJUDICACIÓN.
10.2.- Formas de Constitución
Las garantías podrán constituirse en alguna de las siguientes formas o combinaciones de ellas:
a) En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta de la jurisdicción o entidad CONTRATANTE, giro postal o bancario.
b) Con cheque certificado, contra una entidad bancaria con preferencia del lugar donde se realice la licitación y/o contratación o del domicilio del organismo CONTRATANTE. El organismo depositará el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones.
c) Con títulos públicos emitidos por el Estado Nacional; los mismos deberán ser depositados en una entidad bancaria a la orden del organismo contratante, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente, lo que deberá ser certificado por las autoridades bancarias al recibir dicho depósito. En caso de liquidación de los valores de los títulos en cuestión, se formulará un cargo por los gastos que ello ocasiones. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de las garantías.
d) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción del organismo CONTRATANTE, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso, llano y principal pagador, con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división, en los términos del artículo 2013 del Código Civil, así como el beneficio de interpelación judicial previa.
e) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS de la SECRETARÍA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMÍA, extendidas a favor del organismo CONTRATANTE y cuyas cláusulas se conformen a satisfacción de este último.
La elección de la forma de la garantía, en principio, queda a opción del OFERENTE o ADJUDICATARIO.
Todas las garantías, a excepción de la del mantenimiento de oferta que deberá cubrir los plazos previstos en el PLIEGO, afianzarán el total del cumplimiento de las obligaciones contraídas.
10.3.- Devolución de las Garantías.
I. De oficio
a) Las garantías de mantenimiento de OFERTA, a los OFERENTES que no resulten ADJUDICATARIOS, dentro de los DIEZ (10) DÍAS de presentada la garantía de cumplimiento del CONTRATO, o en su caso, de ejecutado el CONTRATO por el ADJUDICATARIO. A éstos, una vez integrada la de cumplimiento del CONTRATO o, en su caso, de ejecutado el mismo.
b) Las garantías de cumplimiento del CONTRATO, una vez cumplido el mismo a satisfacción de la jurisdicción o entidad contratante.
II. A solicitud de los INTERESADOS deberá procederse a la devolución parcial de las garantías de adjudicación en proporción a la parte ya cumplida del CONTRATO, para lo cual se aceptará la sustitución de la garantía para cubrir los valores restantes.

En los casos en que, luego de notificado fehacientemente, el OFERENTE o ADJUDICATARIO no retirase las garantías, podrá reclamar su devolución dentro del plazo de UN (1) AÑO, contado desde la fecha de la notificación. La falta de presentación dentro del término señalado por parte del titular del derecho, importará la renuncia tácita del mismo a favor del Estado Nacional y será aceptada por la AUTORIDAD COMPETENTE al ordenar el ingreso patrimonial de lo que constituye la garantía.

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO – ACALARCIONES Y MODIFICACIONES AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
Las consultas al PLIEGO deberán efectuarse por escrito ante el organismo CONTRATANTE o en el lugar que se indique en el citado PLIEGO.
No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquellas que se presenten fuera de término.
Deberán ser efectuadas, como mínimo, hasta SETENTA Y DOS (72) horas antes de la fecha fijada para la apertura.
Si a criterio del organismo CONTRATANTE, la consulta es pertinente y colabora a una mejor comprensión e interpretación del PLIEGO en cuestión, el citado organismo deberá elaborar una circular aclaratoria y comunicarla en forma fehaciente, con VEINTICUATRO (24) horas, como mínimo, de anticipación a la fecha de apertura, a todas las personas que hubiesen comprado el PLIEGO y al que hubiera efectuado la consulta que origina la circular. Asimismo deberá exhibirlas en la cartelera, para conocimiento de todos los demás interesados, e incluirlas como parte integrante del PLIEGO.
El organismo CONTRATANTE podrá, de oficio, realizar las aclaraciones que resulten pertinentes, debiendo comunicarlas, siguiendo el procedimiento mencionado precedentemente e incluirlas en el PLIEGO correspondiente.
Cuando por la índole de la consulta practicada por un INTERESADO, resulte necesario pedir informes o realizar verificaciones técnicas que demanden un plazo superior a CUARENTA Y OCHO (48) horas, contadas desde que se presentare la solicitud, el organismo CONTRATANTE tiene la facultad de posponer de oficio la fecha de apertura. El cambio de fecha de la apertura de OFERTAS, deberá ser comunicado a todos aquellos a quienes se les hubiese comunicado el llamado, publicado en los mismos medios en los que se haya publicado el llamado, por UN (1) DÍA y notificado en forma fehaciente a todas las firmas que hayan comprado el PLIEGO.

ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO.- REQUISITOS FORMALES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS.
Las OFERTAS será redactadas en idioma nacional y se presentarán tres copias foliadas y firmadas por el representante legal del OFERENTE.
Estarán contenidas en sobres, cajas o paquetes que deberán encontrarse perfectamente cerrados, identificados con los datos del procedimiento de selección al que correspondan, fecha y hora de apertura y nombre del OFERENTE.
Las OFERTAS sólo serán admitidas hasta el día y la hora fijados en el llamado para realizar el acto de apertura de las mismas. El original constituirá el Fiel de la OFERTA.
Los OFERENTES deberán constituir domicilio en la ciudad asiento del organismo licitante.
Cada propuesta, indefectiblemente deberá estar acompañada por las constancias relativas a la compra del PLIEGO, extendidas por el organismo CONTRATANTE y la de constitución de la garantía de mantenimiento de OFERTA.

ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO.- OMISIÓN DE REQUISITOS FORMALES.
Cuando la OFERTA tuviera defectos de forma, el OFERENTE será intimado por la Comisión Evaluadora, a subsanarlos dentro del término de CINCO (5) DÍAS. Si no lo hiciere, la oferta será desestimada, sin más trámite.

ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO.- EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA.
La presentación de la OFERTA, importa de parte del OFERENTE el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el llamado a contratación, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, sin que pueda alegar en adelante el OFERENTE su desconocimiento, por lo que no será necesario la presentación del PLIEGO con la OFERTA.

ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO.- CONTENIDO DE LA OFERTA ECONÓMICA.
La OFERTA especificará:
a) El porcentaje cierto, en números, con referencia a la unidad de medida establecida en el presente PLIEGO, expresado en letras y en números, determinados en la moneda de cotización fijada en el PLIEGO.
b) El proponente podrá formular OFERTA por todos los tramos o por algunos de ellos, Los OFERENTES, como alternativa, después de haber cotizado por tramo, podrán ofertar por el total de los efectos ya propuestos o grupos de tramos, sobre la base de su adjudicación íntegra.

ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO.- INFORMACIÓN A SUMINISTRAR POR EL OFERENTE.
En el momento de presentar la OFERTA y formando parte de la misma, los interesados deberán suministrar lo detallado a continuación, con el fin de determinar su identificación y su habilidad para contratar con la Administración Pública Nacional, de acuerdo a las siguientes pautas:
I.- Información
El OFERENTE deberá suministrar, por escrito, la información que se indica a continuación, junto con la totalidad de la documentación respaldatoria correspondiente:
a) Personas Físicas y Apoderados:
· Nombre completo, fecha de nacimiento, nacionalidad, profesión, domicilio real y constituido, estado civil y número de documento de identidad.
· Número de Código Único de Identificación Tributaria (CUIT)
· Información sobre los principales clientes del sector público y privado, según el monto de facturación en los últimos TRES (3) años.
b) Personas Jurídicas:
· Razón Social, domicilio legal y constituido, lugar y fecha de constitución y datos de inscripción registral.
· Número de Código Único de Identificación Tributaria (CUIT).
· Nómina de los actuales integrantes de sus órganos de fiscalización y administración.
· Fecha, objeto y duración del contrato social.
· Fecha de comienzo y finalización de los mandatos de los órganos de administración y fiscalización.
· Información sobre los principales clientes del sector público y privado, según el monto de facturación en los últimos TRES (3) años.
c) Personas Jurídicas en Formación:
· Fecha y objeto del contrato constitutivo.
· Número de expediente y fecha de constancia de iniciación del trámite de inscripción en el registro correspondiente.
· Información sobre los principales clientes del sector público y privado, según el monto de facturación en los últimos TRES (3) años.
II.- Habilidad
En todos los casos los oferentes deberán acompañar una declaración jurada en donde conste que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con el estado, de conformidad con lo establecido en el Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional.
III.- Judicial
Deberá denunciar, con carácter de declaración jurada, si mantiene o no juicios con el Estado Nacional o sus entidades descentralizadas, individualizando en su caso: carátula, número de expediente, monto reclamado, fuero, juzgado, secretaría y entidad demandada.
Dicha información podrá ser verificada en la DIRECCIÓN NACIONAL DE AUDITORÍA, dependiente de la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN.
La información se acompañara en un medio de almacenamiento magnético estándar, en el formato que establezca la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO, de la SECRETARÍA DE HACIENDA, del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a los fines de su incorporación a la base de datos del Sistema de Información de Proveedores (SIPRO).
IV.- Contable
Deberán acompañar copia de los Balances Generales de cierre de ejercicio, firmadas por Contador Público Nacional y certificadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, correspondientes a los DOS (2) ejercicios anteriores a la fecha de presentación de la OFERTA, con excepción de aquellos casos en que se acredite la imposibilidad de presentar dicha documentación de acuerdo a la fecha de inicio de sus actividades que consten en el Estatuto Social o Contrato. En estos casos, solo deberán presentar los antecedentes que registren.
V.- Impositiva
a) Certificado Fiscal para contratar vigente, expedido por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA, en los casos que corresponda y con las formalidades legales pertinentes, de conformidad con lo establecido por la Resolución General A.F.I.P Nº 135/98 y su similar 370/99.
b) Acreditación de libre deuda previsional, expedido por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA, en los casos que corresponda y con las formalidades legales pertinentes, de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 17.250, en su articulo 4.
Cuando la documentación respaldatoria presentada por los oferentes, tuviera defectos formales, el interesado será intimado por la Comisión Evaluadora, para que sean subsanados dentro del termino de CINCO (5) DÍAS contados a partir de la fecha de recibida la notificación. Si no lo hiciera, la Comisión desestimará la OFERTA con pérdida de la garantía que correspondiere.

ARTICULO DÉCIMO SÉPTIMO.- PRESENTACIÓN ÚNICA.
Las obligaciones contempladas en el artículo anterior, se cumplirán por única vez en oportunidad de la primera presentación de ofertas que efectúen los INTERESADOS, en algunos de los Organismos comprendidos en el ámbito de aplicación del Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional. En sucesivas presentaciones, ante el mismo u otro Organismo, sólo deberán declarar bajo juramento que se hayan incorporado al Sistema de Información de Proveedores (SI-PRO). En su caso, deberán proporcionar la actualización de datos que hubieren variado desde su última presentación, de la misma forma prevista para la presentación original y en el Organismo ante el cual vayan a participar en un procedimiento de selección.

ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA.
Los OFERENTES deberán presentar, junto con su oferta, una garantía de mantenimiento de aquella, por el término estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y en base al monto y a las formas que se han establecido en el presente PLIEGO. Si no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la oferta con una antelación mínima de DIEZ (10) DÍAS al vencimiento del plazo, aquella se considerará prorrogada automáticamente, por un lapso igual al inicial.

ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO.- APERTURA DE OFERTAS.
En el lugar, día y hora determinados para celebrar el acto de apertura, se procederá a realizarlo en presencia de los funcionarios de la dependencia designados a tal efecto y de todos aquellos interesados que desearen asistir, quienes podrán verificar la existencia, número, y procedencia de los sobres, cajas o paquetes dispuestos para ser abiertos.
A partir de la hora fijada como término para la recepción de las OFERTAS, no podrán admitirse otras, aun cuando el acto de apertura no se haya iniciado.
Si el día señalado para la apertura deviniera en inhábil, el acto tendrá lugar el día hábil siguiente, a la misma hora. Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las que sean observadas se agregaran al expediente para su análisis por la autoridad competente. Se labrara un acta, que será firmada por los funcionarios intervinientes y los OFERENTES presentes que desearen hacerlo.

ARTICULO VIGÉSIMO. CAUSALES DE INADMISIBILIDAD y DESESTIMA-CION DE OFERTAS.
Será declarada inadmisible la OFERTA, en los siguientes supuestos:
a) Que no estuviera firmada por el OFERENTE o su representante legal.
b) Que estuviere escrita con lápiz.
c) Que careciera de la garantía exigida en el PLIEGO.
d) Que fuera efectuada por personas inhabilitadas o suspendidas para contratar con el ESTADO NACIONAL.
e) Que contuviera condicionamientos.
f) que tuviere raspaduras, enmiendas o entrelineas en el precio, cantidad, plazo de entrega o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato y no estuvieren debidamente salvadas.
g) Que contuviere cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación.
h) Que incurriere en otras causales de inadmisibilidad que expresa y fundadamente se prevea en el presente PLIEGO.
Si el total cotizado para cada tramo no respondiera al precio unitario, se tomará este último como precio cotizado. Todo otro error de cotización denunciado antes de la adjudicación, producirá la desestimación de la OFERTA, con pérdida de la garantía de mantenimiento de OFERTA, en la proporción que corresponda.

ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO.- COMISIÓN EVALUADORA.
La COMISIÓN EVALUADORA emitirá un dictamen de carácter no vinculante, que proporcionará a la AUTORIDAD COMPETENTE para adjudicar los fundamentos para el dictado del acto administrativo con el cual concluya el procedimiento.

ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO.- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
Serán contenidos mínimos de dicho dictamen:
a) El examen de los aspectos formales y la evaluación del cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley, por el Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional y por el presente PLIEGO.
b) El resultado de la consulta al Sistema de Información de proveedores, para determinar si un OFERENTE es hábil para contratar con el Estado Nacional.
Cuando alguno de los OFERENTES no sea hábil para contratar con el Estado Nacional, deberán hacerse explícitos los motivos de su exclusión, calificándose a la OFERTA que aquel hubiere formulado como inadmisible.
c) Se deberán tomar en consideración, en forma objetiva, todos los requisitos exigidos para la admisibilidad de las OFERTAS. Si existieren ofertas inadmisibles, explicitará los motivos, fundándolos en las disposiciones pertinentes. Si hubiera OFERTAS manifiestamente inconvenientes, deberá explicitar los fundamentos para excluirlas del orden de mérito.

ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO.- DESEMPATE DE OFERTAS.
En caso de igualdad de precios, se solicitará a los proponentes que, por escrito, y dentro del término de UN (1) DÍA, formulen una mejora de precios. Las nuevas propuestas que en su consecuencia se presenten, serán abiertas en la misma forma prevista para el acto de apertura de las OFERTAS. El silencio del OFERENTE invitado a mejorar, se entenderá como que mantiene su OFERTA. De subsistir el empate, se procederá al sorteo público de las ofertas empatadas. Para ello se procederá a fijar, día, hora y lugar del sorteo público y notificarse por medio fehaciente a los OFERENTES llamados a desempatar. El sorteo se realizará en presencia de los interesados, si asistieren, y se labrará el acta correspondiente.

ARTÍCULO VIGÉSIMO CUARTO.- IMPUGNACIONES.
El dictamen de evaluación deberá notificarse en forma fehaciente a todos los OFERENTES, dentro de los TRES (3) DÍAS de emitido. Los INTERESADOS podrán impugnarlo dentro de los CINCO (5) DÍAS de notificados. Durante ese término, el expediente se pondrá a disposición de los OFERENTES para su vista.
Se considerará como cumplida la notificación referida precedentemente, con la utilización de cualquiera de los medios citados en el primer párrafo del artículo 30 del presente PLIEGO y con la publicación en el Boletín Oficial por el término de UN (1) DÍA, conforme a lo establecido en el Decreto Nº 659/1947.
Las impugnaciones serán resueltas en el mismo acto que disponga la ADJUDICACIÓN. Para poder realizar cualquier impugnación válida al acto adjudicatario, deberá otorgarse un seguro de caución y/o garantía bancaria por el valor comercial de la cuota cuestionada; esto es, el valor FOB al cierre del mes anterior.
Por otra parte, los recursos que se deduzcan contra el acto de adjudicación, se regirán por lo dispuesto en la Ley Nº 19.549, modificada por la Ley Nº 21.686 y el Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 t.o. 1991 y sus modificatorias.

ARTÍCULO VIGÉSIMO QUINTO.- ADJUDICACIÓN.
La ADJUDICACIÓN deberá recaer en la OFERTA más conveniente para el organismo CONTRATANTE, teniendo en cuenta el precio, la idoneidad del OFERENTE y demás condiciones de la misma, debiéndose emitir dentro del plazo de mantenimiento de OFERTA el respectivo certificado, perfeccionándose el CONTRATO al producirse la notificación de aquel, al ADJUDICATARIO.
La ADJUDICACIÓN será aprobada por la AUTORIDAD COMPETENTE, debiéndose notificar dicho acto administrativo al ADJUDICATARIO y al resto de los OFERENTES, dentro de los TRES (3) DÍAS de dictado.

ARTÍCULO VIGÉSIMO SEXTO.- CERTIFICADO.
La AUTORIDAD COMPETENTE emitirá los CERTIFICADOS DE AUTENTICIDAD una vez que se haya perfeccionado el CONTRATO; es decir, cuando el ADJUDICATARIO haya efectivizado el pago total del precio.
El certificado será entregado al ADJUDICATARIO una vez formalizado el contrato y constituida la garantía de cumplimiento del mismo por parte del ADJUDICATARIO.
Si el ADJUDICATARIO rechazara el certificado dentro de los TRES (3) DÍAS de recibida la notificación, o no constituyera la garantía de cumplimiento del contrato, dentro del plazo fijado para ello, el organismo podrá adjudicar la LICITACIÓN al OFERENTE que siga en el orden de mérito y así sucesivamente, si perjuicio de la aplicación de las penalidades respectivas.
El certificado que se extienda a resultas del proceso licitatorio, tendrá validez durante el período de un año, que se extiende desde el 1º de julio y el 30 de junio del año siguiente.

ARTÍCULO VIGÉSIMO SÉPTIMO.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
El adjudicatario deberá cumplir con las siguientes obligaciones:
a) Pago: El pago del precio determinado por la presente se deberá realizar dentro del plazo de OCHO (8) DÍAS, contados a partir de la suscripción del CONTRATO.
b) Garantía de cumplimiento de contrato: El ADJUDICATARIO deberá integrar la garantía de cumplimiento del CONTRATO en base al monto y a las formas establecidas en el presente PLIEGO, dentro del término de OCHO (8) DÍAS de suscripto el CONTRATO. Vencido dicho plazo, en el caso de incumplimiento, se rescindirá el CONTRATO con pérdida de la garantía de OFERTA.
c) Cumplimiento de la prestación: El ADJUDICATARIO deberá dar cumplimiento en tiempo y en forma a su obligación de perfeccionar los embarques correspondientes.
Deberán acreditar ante el CONTRATANTE que, al 31 de diciembre de cada año, se hayan embarcado el 50% de la cuota adjudicada y, al 1º de marzo de cada año, el 70% de la misma. Si no lo hiciera, perderá todo derecho al tonelaje que resulte de la diferencia entre esos porcentajes y lo efectivamente embarcado, recuperando el Estado Nacional las toneladas no embarcadas.
d) Aquel ADJUDICATARIO que al 5 de junio de cada año –fecha del último embarque posible- no haya embarcado el 100% de la cuota adjudicada, perderá todo derecho sobre la misma, recuperando el Estado Nacional las toneladas no embarcadas.
e) Deberán realizar actividades exportadoras NO HILTON, en todo el período, a razón de TRES (3) toneladas de productos NO HILTON por cada UNA (1) tonelada de CUOTA HILTON.

ARTÍCULO VIGÉSIMO OCTAVO.- RECUPEROS DEL ESTADO NACIONAL.
Por las toneladas remanentes y recuperadas por el Estado Nacional, se convocará a las tres plantas industriales –excluyendo el ADJUDICATARIO que perdió su derecho- y se las asignará a quien hubiere ofrecido el mayor precio por el período que reste hasta el 30 de junio del año licitado.

ARTÍCULO VIGÉSIMO NOVENO.- TRANSFERENCIA DE CUOTAS ADJUDICADAS.
Prohíbase la transferencia de CUOTA HILTON entre grupos o entre éstos y las empresas frigoríficas.

ARTÍCULO TRIGÉSIMO.- ORDEN DE PRELACIÓN.
Todos los documentos que integra el CONTRATO serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias entre los referidos documentos, regirá el siguiente orden de prelación:
a) Artículos 55 y 63 de la Ley de Contabilidad (Decreto-Ley Nº 23.354 de fecha 31 de diciembre de 1956, ratificado por la Ley Nº 14.467), vigente en función de lo establecido por el artículo 137, inciso a) de la Ley Nº 24.156.
b) Las disposiciones del Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional, aprobado por el Decreto Nº 436, del 30 de mayo de 2000.
c) El presente PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES.
d) La OFERTA.
e) La ADJUDICACIÓN.

ARTÍCULO TRIGÉSIMO PRIMERO.- PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Vencido el plazo de cumplimiento del CONTRATO, de su prórroga o, en su caso, del contrato rehabilitado, sin que los bienes fueran entregados o prestados los servicios de conformidad, la Administración Pública Nacional deberá declarar rescindido el CONTRATO sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, con pérdida de la garantía de cumplimiento del CONTRATO, sin perjuicio de ser responsable el proveedor por los daños y perjuicios que sufriere la Administración Pública Nacional con motivo de la celebración de un nuevo contrato con el mismo objeto. La rescisión del CONTRATO y la consiguiente pérdida de la garantía de cumplimiento del CONTRATO, podrán ser totales o parciales, afectando en este último caso a la parte no cumplida de aquél.

ARTÍCULO TRIGÉSIMO SEGUNDO.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.
Las penalidades establecidas en el Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional, no serán aplicadas cuando el incumplimiento de la obligación provenga de caso fortuito o de fuerza mayor, debidamente documentado por el interesado y aceptado por el Organismo licitante. La existencia de caso fortuito o fuerza mayor que impida el cumplimiento de los compromisos contraídos por los OFERENTES o los ADJUDICATARIOS, deberá ser puesta en conocimiento del organismo CONTRATANTE, dentro de los TRES (3) DÍAS de producido y/o de cesados sus efectos. Transcurrido dicho plazo, no podrá invocarse el caso fortuito o la fuerza mayor.

ARTÍCULO TRIGÉSIMO TERCERO.- RESCISIÓN.
El organismo CONTRATANTE tendrá la facultad de proceder a la rescisión unilateral del CONTRATO por culpa del ADJUDICATARIO, sin que a éste le corresponda indemnización alguna, en los siguientes casos:
a) Quiebra o Concurso Preventivo de la ADJUDICATARIA. En este último caso, cuando la situación jurídica de la misma impida el cumplimiento de las prestaciones.
b) Cuando el ADJUDICATARIO, ya sea por fraude o por negligencia, incumpla las obligaciones y condiciones estipuladas en el CONTRATO.
c) Cuando en la OFERTA su hubiera incurrido en inexactitudes que determinaron la ADJUDICACIÓN.
d) Cuando exista transferencia del CONTRATO.
La rescisión operada, conforme con lo establecido en el presente artículo, acarreará la pérdida de la garantía de cumplimiento del CONTRATO.

ARTÍCULO TRIGÉSIMO CUARTO.- AFECTACIÓN DE FONDOS.
Todos los ingresos provenientes de la presente LICITACIÓN, se afectarán en el orden siguiente:
a) El 20% al Sector Ganadero, mediante programas nacionales distributivos que se implementen.
b) El 80% al mejoramiento de los sistemas de control y calidad del SENASA para las citadas carnes.

ARTÍCULO TRIGÉSIMO QUINTO.- REVOCACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN.
La comprobación de que en un llamado a licitación y/o contratación se hubieran omitido los requisitos de publicidad previa, en los casos en los que la norma aplicable lo exija, o formulado especificaciones o incluido cláusulas cuyo cumplimiento sólo sea factible por determinado INTERESADO u OFERENTE, de manera de que el mismo esté dirigido a favorecer situaciones particulares, dará lugar a la revocación inmediata del procedimiento, cualquiera sea el estado del trámite en que se encuentre, y a la iniciación de las actuaciones sumariales pertinentes.
En tal caso, podrá realizarse un nuevo llamado, por el mismo procedimiento, debiendo invitarse además de los nuevos INTERESADOS, a los OFERENTES del anterior llamado.
En ningún caso los OFERENTES tendrán derecho a reclamo alguno, ya sea por el dictado del acto administrativo en sí, como por el cobro de indemnizaciones y/o reembolsos por gastos efectuados para la participación en el llamado a licitación.
Los organismos CONTRATANTES podrán dejar sin efecto el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del CONTRATO, sin lugar a indemnización alguna a favor de los INTERESADOS u OFERENTES.

ARTÍCULO TRIGÉSIMO SEXTA.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN.
Será causal determinante del rechazo sin más trámite de la propuesta u OFERTA en cualquier estado de la licitación, o de la rescisión de pleno derecho del CONTRATO, dar u ofrecer dinero o cualquier dádiva a fin de que:
a) Funcionarios o empleados públicos con competencia referida a una licitación o contrato, hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
b) Funcionarios o empleados públicos hagan valer la influencia de su cargo sobre otro funcionario o empleado público con la competencia descripta, a fin de que éstos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
c) Cualquier persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado público, con la competencia referida, a fin de que éstos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
Serán considerados sujetos activos de estas conductas, quienes hayan cometido tales actos en interés del contratista, directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, o cualquier otra persona física o jurídica.
Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aún cuando se hubiesen consumado en grado de tentativa.

ARTÍCULO TRIGÉSIMO SÉPTIMO.- INTERPRETACIÓN.
Este PLIEGO debe ser interpretado como un todo, y sus disposiciones no deben ser sacadas de su contexto global, que comprende las demás normas aplicables.
El orden de los capítulos y cláusulas, así como los contenidos de éstas, no establecen un orden de prelación entre los mismos. El formato utilizado en este PLIEGO, pretende servir como referencia y no afectará la interpretación de su texto.
Los requerimientos establecidos, deben ser considerados mínimos y es responsabilidad del OFERENTE lograr la integración de la OFERTA para cubrir las necesidades planteadas.

ARTÍCULO TRIGÉSIMO OCTAVO.- VALOR DEL PLIEGO.
Para adquirir el PLIEGO, los INTERESADOS en participar en cada acto licitatorio deberán abonar la suma que se determine en cada llamado a licitación.

ANEXO I


ALTERNATIVAS DE TRAMOS A LICITAR

LOTES

Toneladas por LOTE

TOTAL TONELADAS

TONELADAS LIBRES

11

300

3300

700

11

600

6600

7

1200

8400

5

1800

9000

27.300

LOTES

Toneladas por LOTE

TOTAL TONELADAS

TONELADAS LIBRES

11

300

3300

700

12

600

7200

8

1200

9600

4

1800

7200

27.300

LOTES

Toneladas por LOTE

TOTAL TONELADAS

TONELADAS LIBRES

11

300

3300

700

10

600

6000

9

1200

10800

4

1800

7200

27.300


Autores citados y tenidos en cuenta para nuestro trabajo

-Ingeniero Iriarte

-Víctor Tonelli

-Alberto de las Carreras

- Andrés G. Halle

-Marcela Gimeno

-Eduardo Gonzales Kess

-Mirta Herzog

-Muchos productores y ciudadanos argentinos comprometidos con su Tierra


- MOVIMIENTO PAMPA SUR
-
- FUNDACIÓN PAMPA SUR
-
- PARTIDO PAMPA SUR



GRUPO PAMPA SUR



-AGOSTO, 2008